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¿Qué es y para qué sirve el Crédito Fogape? | Blog Saber Suma

Escrito por Grupo Security | Apr 30, 2020 7:31:49 PM

 El Fondo de Garantías para Pequeños Empresarios (Fogape), ha sido uno de los temas más importantes en la banca en los últimos días, por lo que es clave conocer sus detalles y cómo operará. 

¿Qué es el Crédito Fogape?

De acuerdo al Ministerio de Economía, este es un fondo estatal “destinado a garantizar un determinado porcentaje del capital de los créditos, operaciones de leasing y otros mecanismos de financiamiento a instituciones financieras, tanto públicas como privadas”. 

¿Quién administra este fondo?

La responsabilidad de administrar el Fogape es de Banco Estado, el cual es supervisado por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF). 


¿Cómo funciona el Crédito Fogape?

Este fondo opera de acuerdo al decreto de Ley 3.472 de 1980 y al Reglamento de la Comisión para el Mercado Financiero en sus capítulos 8 y 9.    

De acuerdo a lo publicado por la CMF, el administrador (Banco Estado) es el que realiza las licitaciones de derechos de garantía entre las Instituciones Elegibles, lo que significa que los bancos que sean parte de este fondo podrán ocupar los derechos de garantía en un plazo máximo para cada acuerdo.  

  Actualmente, las instituciones tienen un plazo de 3 meses para otorgar los fondos a las empresas. 

¿Quiénes pueden acceder a este fondo?

De acuerdo a lo publicado en fogape.cl quienes pueden acceder a esta línea especial según sus tramos de venta, son los siguientes tipos de empresa: 

  • Micro o Pequeños Empresarios que no excedan el nivel de ventas máximo establecido por Ley (25.000 UF anuales). 
  •  Organizaciones de Pequeños Empresarios Elegibles, es decir aquellos que sean sociedades constituidas como Personas Jurídicas Sin Fines de Lucro, Sociedades de Personas o como Organizaciones de Usuarios previstas en Códigos de Agua. 
  • Exportadores, son admitidas aquellas empresas que hayan realizado exportaciones en los últimos dos años por un valor igual o inferior a US$ 16.700.000 anuales.  
  • Sostenedores que estén incorporados permanentemente a la Mediana Empresa, y que tengan ventas entre UF 25.000 y  UF 100.000.  

 Transitoriamente, también están incluidas en este beneficio las Grandes Empresas que sus activos estén entre UF 100.000 y  UF 350.000.